Cristina y Antonio se compraron una nueva casa y, en lugar de vender su anterior vivienda, decidieron alquilarla. Entrevistaron a varios candidatos y se decidieron finalmente por una pareja que pagó el mes en curso y una mensualidad más de fianza. Ese fue todo el dinero que percibieron, ya que sus inquilinos no pagaron ningún mes más. Para poder recuperar el piso tuvieron que embarcarse en una batalla legal que duró más de un año. Cuando por fin pudieron volver a entrar en la vivienda estaba destrozada, y tuvieron que desembolsar una importante cantidad de dinero para devolverla a su estado original.
El caso de Cristina y Antonio no es aislado. Muchos propietarios que deciden alquilar su casa deben enfrentarse a este y otros problemas, como molestias a los vecinos, incumplimientos de cláusulas del contrato, subarrendamiento de la vivienda, o realización de actividades ilícitas en ella, entre otros. Pero no por ello se debe renunciar a alquilar y a la rentabilidad de alrededor del 6% que supone hacerlo, según un estudio de Servihabitat. A lo que sí obliga es a prestar especial cuidado al seleccionar a los futuros inquilinos y a sopesar bien toda la documentación que nos proteja.
Cuando se alquila, cualquier propietario se esfuerza por buscar el inquilino ideal. Que cuide la casa como si fuese suya, que sea puntual con los pagos y que respete a los miembros de la comunidad son tres requisitos que cualquiera pondría en su lista de deseos del morador perfecto. Siempre hay que recordar que la perfección no existe, pero encontrar una persona que cumpla estas exigencias no es una tarea imposible. Estas son algunas recomendaciones que pueden acercarnos a ella.
- Documentación. Las palabras se las lleva el viento. Si quieres asegurarte de que tu posible inquilino es solvente:
- Pídele su contrato laboral y sus últimas dos nóminas, tal y como haría un banco al conceder una hipoteca.
- Solicítale siempre su documento de identidad, para comprobar que es quien dice ser.
- Si es necesario, acude a registros de morosos para saber si ha tenido previamente incidencias de pago.
- Si está en tu mano, pide referencias de anteriores caseros, bien sea por teléfono o por escrito. Una práctica poco común en España, pero en otros países es muy frecuente.
- Contrato. Todo acuerdo de alquiler debe estar refrendado por un contrato que cumpla con la normativa. La nueva ley de alquiler entró en vigor el 5 de marzo de 2019. Todos los contratos que se firmen deben cumplir con el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo. Estas son las principales características:
- Ampliación del plazo de prórroga obligatoria de tres a cinco años.
- Ampliación de prórroga tácita. Es decir, cuando el arrendador o arrendatario no comuniquen la intención de no renovarlo, de uno a tres años.
- La subida de la renta anual estará ligada al índice de precios de consumo (IPC) el tiempo que dure el acuerdo.
- El número de meses de garantía se limita a dos.
- Si hay acuerdo entre propietario e inquilino se podrán realizar obras de mejora de la vivienda sin necesidad de firmar un nuevo contrato.
- Relación personal. Intenta tener un buen trato con tu inquilino. La relación con él puede durar años, establecer un vínculo de confianza puede ayudar a solventar futuros problemas. Siempre que tengas que hablar con él, mejor hacerlo cara a cara.

¿Y si contrato un seguro para arrendadores?
La crisis económica derivada del coronavirus está teniendo un impacto directo en el mercado de alquiler. La Asociación de Propietario de Viviendas (Asval) ha confirmado recientemente un aumento de la morosidad del 5% al 15% desde que se decretó el estado de alarma, en la primavera de 2020. Al impago, hay que sumar otros problemas que han proliferado en los últimos años, como el de la okupación.
Ante esta situación, aunque nos aseguremos de seleccionar al mejor inquilino, nunca esta de más contratar algún producto que proteja nuestra vivienda. En los últimos años han proliferado múltiples propuestas que aseguran las rentas a los propietarios de una vivienda en caso de que el inquilino deje de pagar el alquiler, incluso en caso de ocupación.
Caser ha puesto en el mercado un seguro de alquiler a todo riesgo para viviendas particulares y locales, con el fin “aportar protección y tranquilidad al arrendador del inmueble ante cualquier situación”. Este nuevo seguro incluye coberturas frente a impagos con un periodo asegurado de seis a 12 meses, así como frente a destrozos causados por actos vandálicos. También cubre la edificación, instalaciones de agua o electricidad. Además aporta defensa jurídica, impago de recibos de suministros en caso de desahucio –hasta el 5% de la suma asegurada–, asistencia urgente 24h, gastos de limpieza y de cerrajería hasta los 200 euros.