Huir de un accidente de tráfico ya es delito

El Código Penal endurece el castigo por las imprudencias al volante y por primera vez considera delito la omisión voluntaria de socorro. Todo comenzó con la muerte de un ciclista.

Accidente de ciclista

Los ciclistas de carretera comparten leyes no escritas, trucos de supervivencia. Uno de ellos es no circular cerca de los pueblos que celebran fiestas patronales. Está claro por qué: crece la posibilidad de cruzarse con un conductor borracho y/o drogado.

Pero las noticias nos recuerdan que a menudo ese tipo de precauciones no es suficiente. No lo fue en abril de 2018, cuando nueve ciclistas alemanes fueron embestidos por un coche en Mallorca. Murió uno de ellos, varios sufrieron heridas graves y la conductora responsable no solo dio positivo en consumo de drogas, además era reincidente. Le habían retirado el carnet un año por la misma causa.

Quizás con la reforma del Código Penal aprobada el 20 de febrero en el Senado se lo hubiera pensado dos veces. Por 222 votos a favor (en contra, solo 17), la Cámara Alta permite endurecer las penas e introduce por primera vez un delito por el que clamaban las asociaciones de víctimas: el abandono del lugar del percance. Si esa omisión de socorro es fortuita, la pena máxima no supera los seis meses de prisión. Pero si el conductor que huye ha causado el accidente por una imprudencia, las penas irían de ese medio año a un máximo de cuatro, según la gravedad. Además, perdería el carnet de conducir de uno a cuatro años.

Según la Dirección General de Tráfico, en los últimos cinco años la mortalidad entre ciclistas profesionales y aficionados ha crecido casi un 37%

Huir de un accidente de tráfico es delito

Muerte de un ciclista

La reforma penal ha sido un clamor para muchas asociaciones de víctimas y esa parte de la sociedad cada vez más sensible con las imprudencias al volante. Pero también tiene nombres propios. Anna González, entre ellos. Así se llama la viuda de Óscar Bautista, el ciclista que murió con 37 años, el 21 de octubre de 2013, en Torrejón de la Calzada (Madrid), cuando se dirigía a trabajar. El camión que invadió el arcén y lo arrolló se dio a la fuga. Localizaron al conductor, que fue juzgado, pero por una falta. En ese momento el Código Civil no consideraba delito la omisión de socorro.

Después de varios recursos, sin éxito, para reabrir el caso, Anna comenzó la campaña pública #PorUnaLeyJusta en Change.org. Logró reunir más de 326.000 firmas y contribuyó a una propuesta de ley aprobada casi tres años después. “Cuando he visto el panel del Senado con los 222 puntos verdes [los votos a favor] he respirado aliviada y me he dicho ya está, por fin. Ha sido una liberación similar a la que un ciclista sentirá al entrar en meta”, decía el 20 de febrero a la salida de la Cámara Alta.

No es el único incremento de cárcel contemplado por la reforma. También pasa de cuatro a seis años si un accidente por imprudencia deja al menos dos víctimas mortales, o si causa un fallecido y además lesiones tan graves como para dejar inválida a una persona.

Cuando el balance del siniestro es de “varias” muertes, el castigo podría alcanzar nueve años de cárcel. No obstante, la nueva norma no especifica un número concreto de víctimas mortales en este caso, queda a criterio del juez.

La redacción penal anterior también dejaba en manos del juez clasificar las imprudencias en tres grados: leve, menos grave o grave. Pero ahora elimina de un plumazo esa subjetividad cuando en la imprudencia aparecen algunos o varios de estos factores: velocidad, alcohol o drogas. En estos casos la imprudencia siempre se considerará grave.

Además, la reforma vuelve a incluir el castigo por causar lesiones a las víctimas de un accidente. Decimos “vuelve a incluir” porque ese supuesto, que afecta al 90% de las personas perjudicadas por un accidente de tráfico, fue retirado del Código Penal en 2015. “Con la nueva redacción, causar un accidente que deje personas lesionadas acarreará de tres a doce meses de prisión, dependiendo de la gravedad”, confirma el abogado Antonio Castro.

No hay que olvidar un hecho clave: la reforma concluye un proceso que comenzó en 2016, con una campaña impulsada por la viuda de un ciclista atropellado tres años antes, y en ese sentido las organizaciones ciudadanas han valorado positivamente la reforma.

Por ejemplo, la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes estima que “ha sido un logro de la sociedad civil, cuya presión ha logrado forzar a los grupos parlamentarios a llegar a un acuerdo”, en palabras de su portavoz, Sara Garbajosa.

¿Qué echa en falta? La asociación considera que la norma sigue quedando muy corta en las indemnizaciones y reparaciones a personas que arrastrarán las secuelas de un accidente durante años o de por vida.

“No es la mejor de las leyes, pero es bastante buena”, concluye Alfonso Triviño, de la Asociación de Ciclistas Profesionales, uno de los colectivos más castigados por las imprudencias al volante.

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