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Inmuebles que se incluyen para ser considerado gran tenedor
La normativa establece que un gran tenedor de vivienda es aquella persona física o empresa que posea más de diez inmuebles urbanos o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial.
Hay que tener en cuenta que, si los inmuebles están situados en una zona declarada como tensionada por la Comunidad Autónoma correspondiente, la Ley de la Vivienda considerará un gran tenedor a quien posea cinco viviendas.
Solo se considerarán dentro del cómputo global a los inmuebles situados en ciudades o pueblos que cuenten con cédula de habitabilidad, es decir, que puedan ser habitados. Es decir, los locales, garajes y trasteros no contarían en la suma, aunque sean urbanos, porque no son de uso residencial.

¿Qué es un gran tenedor?
Si quieres saber qué es un gran tenedor, tendrás que echar mano a lo que dice la nueva Ley de Vivienda sobre esta figura, que se refiere a quien posee varios inmuebles urbanos o una determinada superficie construida de uso residencial.
¿Y si has heredado una vivienda o la tienes en copropiedad?
En el caso de ser un gran tenedor, la copropiedad también es un elemento que considerar, ya que la vivienda heredada pasa a formar parte del cómputo de inmuebles. En este sentido, el artículo 19 de la Ley de Vivienda incide sobre la transparencia que se le exige al propietario, que está obligado a reportar al Estado la información requerida acerca de las viviendas que posee y su finalidad, con el fin de realizar una revisión personalizada de cada caso.
¿La vivienda habitual se incluye para ser considerado gran tenedor?
Muchas personas también se preguntan si para ser un gran tenedor, la vivienda habitual entra a formar parte del cómputo global. En este punto hay que saber que la ley no distingue entre vivienda propia o pensada para alquilar siempre que el inmueble esté en zona declarada como tensionada por Comunidad Autónoma correspondiente. En este caso, la vivienda habitual sí entraría a formar parte de la suma que se establece para ser considerado como un gran tenedor.
Cómo afecta ser gran tenedor
La figura del gran tenedor surge para regular a aquellos propietarios que poseen un gran número de inmuebles, con el fin de que puedan contribuir al esfuerzo de hacer la vivienda más accesible a la población.
Así, a un gran tenedor de viviendas se le exigen una serie de responsabilidades y limitaciones para incrementar las rentas, y se les imponen deberes añadidos para que contribuyan a una oferta de vivienda asequible. Por este motivo, el gran tenedor de inmuebles está sujeto a un marco regulatorio más estricto que limita cuánto puede aumentar el alquiler anualmente para evitar incrementos desproporcionados que pudieran afectar a inquilinos con más dificultades económicas. En 2024, la subida del precio anual del alquiler para un gran tenedor tiene un límite máximo del 3%.
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¿Quiénes se consideran pequeños tenedores?
Teniendo claro lo que la nueva Ley de Vivienda considera como gran tenedor, también se puede deducir lo que la normativa considera como pequeño tenedor: cuando se poseen menos de diez viviendas o cinco en el caso de que están situadas en zonas tensionadas.
A diferencia de lo que ocurre con un gran tenedor, un pequeño tenedor puede optar a ventajas fiscales por alquilar sus viviendas, lo que supone una bonificación de entre el 60% y el 90% de los rendimientos del alquiler en función de criterios como alquilar a personas jóvenes o bajar el precio de la renta en una zona tensionada en al menos un 5% respecto al anterior contrato.