Si has comenzado el año con el firme propósito de ahorrar tiene que tener en cuenta ciertas novedades, que te afectan tanto si ese ahorrar irá destinado a preparar con tiempo la jubilación, como si su objetivo es hacerse un colchón para todo tipo de necesidades.
Lo cierto es que en 2020, coincidiendo con la situación de pandemia y las restricciones derivadas, las familias españolas hemos ahorrado mucho más de lo previsto. En concreto la Comisión Europea preveía una tasa de ahorro para los hogares españoles del 5,1%, un 4,7% menos que la media de la Unión Europea, sin embargo en 2020, y asociado a la bajada del consumo, nuestra tasa de ahorro se ha disparado al 22,5% de la renta disponible en el segundo trimestre del año.
Se reduce a 2.000 euros la aportación máxima a planes de pensiones individuales
Así pues, si ese ahorro se quiere destinar a la jubilación, hay que tener en cuenta nuevas limitaciones en las aportaciones a planes de pensiones individuales. En concreto, la aportación máxima pasa a ser de solo 2.000 euros -frente a los 8.000 vigentes hasta el momento-, de forma que solo se tendrá derecho a deducción en el IRPF por esa cantidad.
Al mismo tiempo, las aportaciones a los planes de pensiones colectivos o planes de empleo se amplía hasta los 10.000 euros. En cualquier caso, la suma del dinero destinado a individuales y colectivos no puede superar esos 10.000 euros.
También hay que tener en cuenta que se reduce las aportaciones a planes de pensiones de nuestro cónyuge -solo cuando aquel perciba rendimientos del trabajo o actividades económicas inferiores a 8.000 euros- a 1.000 euros. Antes eran 2.500 euros.
Además tienes que saber que hay cambios en el tipo impositivo del IRPF, aunque solo afecta a las rentas del capital (ganancias patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario) de más de 200.000 euros. En ese caso se incrementan en tres puntos, pasando el tipo del 23% al 26%. Eso es lo que habrá que pagar por las plusvalías obtenidas (diferencia entre el valor de adquisición y el de enajenación) cuando cobremos por ejemplo un productos de ahorro-inversión, por ejemplo un fondo de inversión. Estos tributan en la base liquidable del ahorro.