¿Qué hacer si tu inquilino no puede pagar el alquiler?

Cuando el inquilino no paga el alquiler, el propietario de la vivienda tiene que saber reaccionar a tiempo. No estamos hablando de que se retrase unos días como circunstancia excepcional, sino de una decisión premeditada que puede acabar en un proceso judicial.

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Cuando el inquilino no paga el alquiler, el propietario de la vivienda tiene que saber reaccionar a tiempo. No estamos hablando de que se retrase unos días como circunstancia excepcional, sino de una decisión premeditada que puede acabar en un proceso judicial.

Llegar a un acuerdo con nuestro inquilino

Si el inquilino no paga el alquiler lo primero que hay que hacer es reclamar de forma amigable, por teléfono o por escrito. Si se niega o no responde a nuestras llamadas, procederemos a reclamarle el pago a través de un burofax, un conducto notarial o un acto de conciliación judicial.

Podrás reclamar lo que te debe al juez, o bien dar por concluido el contrato y solicitar su desahucio por impago, o las dos cosas al mismo tiempo. Pero si crees que tu inquilino no paga porque no es solvente, lo mejor es centrarse en recuperar el inmueble cuanto antes.

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Denunciar al inquilino que no paga

Si has decidido solicitar el desahucio de tu inquilino, lo primero que debes hacer es interponer una demanda en la que solicitarás al juez que condene al inquilino a salir de la vivienda, además de las costas procesales.

También puedes reclamar las rentas y recibos que no haya pagado hasta ese momento. Tras la celebración del juicio, y si la sentencia como propietario te es favorable, el juzgado ordenará que queden embargadas sus cuentas bancarias y su nómina para hacer frente al pago si no lo hace de forma voluntaria.

¿Cómo echar al inquilino que no paga?

Si el inquilino no se opone a la demanda presentada por el arrendador el lanzamiento o desahucio será inmediato. Pero si se opone tendrás que ir a juicio y esperar a la sentencia para que se ejecute.

El lanzamiento por impago es el acto por el que se devuelve al propietario la vivienda. El personal del juzgado acudirá a la vivienda con el procurador y un cerrajero. Todos ellos accederán al interior del inmueble y llevarán acta de lo que allí suceda y el estado en el que se encuentra la propiedad. Después, se hará entrega de la posesión del inmueble al propietario, si está presente en el lanzamiento, o al procurador, en caso de que no haya acudido a ejecutar el desahucio.

El proceso de desahucio puede resolverse en unas pocas semanas desde la demanda, siempre que el inquilino se marche voluntariamente. Pero si no accede, el proceso puede prolongarse durante meses. Para no tener que llegar a este punto, antes de arrendar una vivienda se recomienda al propietario estar convenientemente informado sobre todos los aspectos legales de los alquileres y, en cualquier caso, contar siempre con un seguro de impago de alquiler, por lo que pueda suceder.

Mi inquilino no paga los suministros

Si el arrendador aparece como titular de los contratos de suministros como el gas o la luz y el inquilino no los paga estando obligado por contrato, el propietario de la vivienda puede acudir a los juzgados a reclamar la deuda. Pero mientras el asunto se resuelva y el juez emita sentencia deberá hacerse cargo del pago de los recibos.

En caso de que el contrato de alquiler recoja la resolución de conflictos mediante arbitraje, tanto propietario como inquilino pueden someterse a este proceso, que concluirá con un laudo emitido por el mediador. Si el inquilino no lo acepta, el arrendatario podrá acudir a la vía judicial para reclamar la deuda acumulada hasta el momento y, paralelamente, solicitar el proceso de desahucio.

Mi inquilino no paga el agua

Si el titular del contrato del agua es el propietario y el inquilino no paga los recibos, estando obligado a ello por contrato, uno de los comportamientos más habituales por parte del arrendador es proceder a cortar su suministro.

Sin embargo, esta actitud no es en absoluto recomendable, ya que el inquilino puede denunciar al propietario por coacciones. Si se da este caso, lo mejor es negociar con el inquilino el cobro de la deuda y, si no se llega a un acuerdo, lo más conveniente es acudir a la vía judicial sin más demora.

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