Aunque pueda parecer de perogrullo, debemos tener en cuenta los términos específicos del contrato que vayamos a firmar, algo que no siempre hacemos con la atención que merece: en general, los acuerdos se rigen por principios claramente identificables y sus condiciones van a ser similares, pero nos podemos encontrar con algunos que presentan cláusulas ambiguas o incluso abusivas. Si no tenemos demasiada experiencia firmando estos documentos, conviene echar una ojeada a un modelo estándar, como el que facilita la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en su página web. Comparándolo con el nuestro, nos resultará más sencillo detectar posibles irregularidades.
En general, estos contratos señalan que los gastos que el arrendatario debe asumir son los siguientes:
- Mudanza.
- Pagos. mensuales.
- Tasas de recogida de basuras.
- Gastos de suministros.
- Gastos de mantenimiento del inmueble.
- Gastos derivados de denuncias por conductas sancionables.
- Seguro de bienes muebles y seguro a terceros.
- Daños causados por el inquilino o por los visitantes del inmueble.
Pueden existir pequeñas variaciones, pero si se detectan grandes diferencias respecto a estas responsabilidades del inquilino, conviene revisar a fondo el contrato y asesorarse adecuadamente para evitar sorpresas desagradables.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es un tanto ambigua al respecto, y señala que correrán por cuenta del inquilino las “pequeñas reparaciones”, mientras que el arrendador se encargará de aquellas necesarias para “conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad”
La mudanza es cosa del inquilino
El primer paso, es decir, mudarnos hacia nuestro nuevo hogar, siempre resulta un engorro. Y, por supuesto, los gastos correrán de nuestra cuenta. Aunque es imposible evitar las incomodidades que causa, sí está en nuestra mano conseguir un buen precio y evitar que nuestras posesiones sufran daños durante el proceso. Para conseguir lo primero, nada mejor que hacer una estimación previa del volumen, peso y valor de nuestras muebles y enseres. Aunque es difícil conocer estos valores en detalle, podemos hacernos una idea aproximada utilizando una calculadora ad hoc, como la que facilita Transportes Ernala (hay otras muchas), o comparando presupuestos con la herramienta de Mudanzas 24. Y en la página web de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, podemos encontrar una completa guía de información útil sobre nuestros derechos como consumidores. Incluidos, por supuesto, apartados sobre cómo reclamar cuando nuestras pertenencias han sido dañadas.
Suministros: hay varias opciones
Un punto que a veces resulta delicado es el correspondiente a los suministros (agua, electricidad, gas, etc.). Aunque lo habitual, como hemos dicho, es que sea el arrendador quien se ocupe de pagarlos, puede haber contratos que especifiquen lo contrario. Esto ocurre cuando el arrendador tiene ya un contrato a su nombre: en estos casos es posible que sea él o ella quien se encargue de pagar el importe a la compañía correspondiente y después pase la factura al inquilino. En cualquier caso, el abanico de posibilidades es bastante amplio, así que lo importante es estipular claramente de qué forma se abonarán estos gastos y así evitar conflictos entre las partes. En este enlace de la web Abogados para todos se detallan las diferentes modalidades de contrato, algo que puede resultar de mucha ayuda para orientarse.
Es preciso tener en cuenta, además, que tal vez necesitemos contratar nuevos suministros, especialmente cuando el inmueble al que nos mudemos sea antiguo y no esté provisto con todo lo necesario. Es decir, operaciones como sustituir el gas propano por gas natural, o cambiar de compañía de la luz porque nos ofrezca condiciones ventajosas. Aunque esto no suele representar ser un problema, siempre deberemos consultar qué es lo que estipula el contrato que hayamos firmado, y si este incluye alguna cláusula que nos impida hacerlo, como explican en este artículo de Cinco Días.

Reparaciones y averías en un piso de alquiler
Probablemente todos tengamos en mente a algún conocido que se ha visto en un buen apuro por culpa de una avería o desperfecto en el piso que le alquilan. No es raro que, en estas circunstancias, surjan encendidas discusiones con el casero para decidir a quién le corresponde correr con los gastos derivados del incidente. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es un tanto ambigua al respecto, y señala que correrán por cuenta del inquilino las “pequeñas reparaciones”, mientras que el arrendador se encargará de aquellas necesarias para “conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad”. Esto provoca zonas de sombra en muchos casos, cuando cada parte trata de barrer para casa y cargar a otro con el muerto. Por desgracia, no existe ninguna fórmula mágica para resolver estos casos, que en ocasiones llegan a los tribunales. Así pues, lo mejor es cubrirse las espaldas, lo que nos lleva al último apartado de este artículo.
Seguro para inquilinos
Por último, pero no por ello menos importante, deberemos sopesar la posibilidad de contratar un seguro de inquilinos. Es más, o menos habitual encontrarse con gente que desconoce incluso la mera existencia de estos seguros, pues da por hecho que es suficiente con que el arrendador disponga de uno. Sin embargo, el seguro de este último no cubre tus necesidades como inquilino: en caso de accidente, robo, denuncia, etc., te conviene estar cubierto para no tener que acarrear con los gastos que estas eventualidades conlleven. Un seguro especialmente concebido para disfrutar de un alquiler sin sobresaltos es Inquilinamente, de Caser. Gracias a sus tres modalidades –esencial, confortable y superior–, se amolda a diferentes presupuestos y necesidades, y brinda protección frente a posibles abusos del casero, asesoramiento en caso de dudas y ayuda en la recuperación de fianzas. Además, seguirás cubierto por el seguro aunque cambies de residencia, y recuperarás hasta seis meses de su importe en caso de que dejes de ser inquilino. En definitiva, una buena forma de evitar vernos en una situación similar a la del protagonista de la película Esta casa es una ruina.
Me gustaría que me hicieran un presupuesto para inquilinos
Buenos días Juana,
Muchas gracias por el interés. Para hacerle un presupuesto puede llamarnos al 915 909 752 y estaremos encantados de atenderle.
Saludos!
Todo lo comentado en el post es muy necesario, pero ojo también con el vecindario y especialmente los vecinos. Hay que saber dónde nos estamos movemos porque muchísimas reclamaciones y disputas por problemas de acoso vecinal.